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Abogado de Negligencia Médica en Florida

Usted entró para que lo mejoraran y salió peor, y desde entonces las respuestas han sido vagas. Nosotros seguimos desde aquí. Llame al 954-522-5800 para una consulta gratis. No paga nada a menos que ganemos. Atendemos estos casos desde cinco oficinas en Florida, de Fort Lauderdale a Fort Myers.

Una vía completamente distinta

Bajo Fla. Stat. § 766.106, no se puede presentar ninguna demanda por negligencia médica hasta 90 días después de que el aviso escrito llegue a cada posible demandado. El plazo de prescripción se suspende durante esa ventana. No trate un reclamo médico con el mismo calendario que un accidente de auto: la investigación tiene que ocurrir antes de que el reloj se detenga.

Los abogados Brett J. Yonon, Richard P. Pravato y Brian H. Malamud de Wolf & Pravato, con el socio fundador y director Vince J. Pravato, en el lobby de su oficina de Fort Lauderdale

Acompañando a familias de Florida en reclamos de negligencia médica por más de treinta años

Un reclamo de negligencia médica llega en un momento difícil, casi siempre cuando las cuentas siguen llegando y nadie le ha explicado qué sigue. Usted no tiene que resolverlo solo. Los abogados de esta foto llevan estos casos en todo Florida desde 1993, y uno de ellos va a llevar el suyo desde la primera llamada hasta el último cheque.

Llame al 954-522-5800 para una consulta gratis y un abogado litigante le dice hoy mismo si tiene un caso. Usted no nos paga nada a menos que ganemos, y trabajamos desde cinco oficinas entre Fort Lauderdale y Fort Myers.

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La ley de Florida

Qué hace la ley de Florida con un reclamo de negligencia médica

El hospital le puso su propio equipo de riesgos desde temprano, y los expedientes que usted necesita los tiene la gente contra la que estaría reclamando. Mientras tanto usted está pagando por la atención que se suponía iba a arreglar el problema, y por la atención que ahora hace falta para corregirlo. Averiguar qué pasó realmente es nuestro trabajo, y empieza el día que usted llama.

Florida le pone más trámite por delante a un reclamo de negligencia médica que a cualquier otro caso de lesiones, y casi todo ocurre antes de que se presente una demanda. Ese proceso es la razón por la que estos casos tardan más, cuestan más y se rechazan más seguido. Abajo está lo que implica y qué hace la ley con el caso al final.

Respuesta corta

Un reclamo por negligencia médica en Florida generalmente se tiene que presentar dentro de dos años de cuando se descubrió la lesión, y a más tardar cuatro años después de que ocurrió. Antes de demandar, la ley exige una investigación, una opinión de respaldo de un médico que califique y un aviso formal que le da 90 días al otro lado para responder.

El plazo que termina un reclamo de negligencia médica en Florida

El plazo de negligencia médica no son los dos años ordinarios, y la diferencia ha acabado con muchísimos reclamos que por lo demás eran buenos.

Dos años desde el descubrimiento, y cuatro años como máximo

Fla. Stat. § 95.11 da dos años desde el momento en que se descubrió el incidente, o en que debía haberse descubierto con la diligencia debida, y después impone un límite exterior: en ningún caso más de cuatro años desde la fecha del incidente mismo. La segunda parte es la que atrapa a la gente, porque una lesión quirúrgica que apenas se aclara en el quinto año quedó fuera de tiempo por razonable que haya sido la demora.

Cuando el fraude, el ocultamiento o una tergiversación intencional impidieron el descubrimiento, el plazo se extiende a dos años desde que se descubrió la lesión, con un tope de siete años desde el incidente. Esa es una barra alta y se argumenta, no se supone.

Los niños se tratan aparte

Fla. Stat. § 95.11 dispone que el límite de cuatro años no impide una acción presentada en nombre de un niño en su octavo cumpleaños o antes. Es una protección real y es más angosta de lo que suena, así que una lesión de nacimiento o una lesión quirúrgica en la infancia de todos modos se revisa con un calendario y no con una suposición.

El proceso previo a demandar pausa el reloj, y está escrito en el estatuto

Bajo Fla. Stat. § 766.106 el plazo de prescripción se suspende cuando se envía el aviso de intención de iniciar litigio, y sigue suspendido durante el periodo de investigación de 90 días. Fla. Stat. § 766.104 agrega una prórroga automática aparte de 90 días, que se concede con una petición al secretario del tribunal con una cuota chica y sin necesidad de una orden judicial, para permitir la investigación que la ley exige.

Son útiles y no sustituyen empezar temprano. Las dos existen para comprar tiempo para un trabajo que toma meses, no para rescatar un reclamo presentado a última hora.

Un hospital público o un médico empleado del estado

La atención dada por un distrito hospitalario público, una facultad médica de una universidad estatal o un departamento de salud del condado corre también por Fla. Stat. § 768.28: aviso por escrito a la agencia y, en la mayoría de los casos, al Department of Financial Services, un periodo de respuesta de 90 días en un reclamo por negligencia médica o por muerte, y topes de $200,000 por persona y $300,000 por incidente. Si un proveedor es público es cuestión de quién lo empleaba, y no es obvio por el letrero del edificio.

A quién se le puede reclamar

Una hospitalización involucra a muchísima gente empleada por muchísimas entidades distintas, y quién empleaba a quién decide el caso más seguido que lo que salió mal.

  • El médico tratante. El cirujano, el hospitalista, el radiólogo que leyó el estudio, el anestesiólogo. Cada uno muy seguido está empleado por un grupo aparte y no por el hospital, y cada uno lleva cobertura aparte.
  • El grupo médico, en lugar del hospital. Las salas de emergencia, la radiología, la anestesia y los servicios de hospitalistas comúnmente se subcontratan. El médico que lo atendió adentro de un hospital puede no ser empleado del hospital, y ese es un hecho que se establece con los contratos y no con el membrete.
  • El hospital, por su propio personal y sus propios sistemas. Enfermería, farmacia, monitoreo, control de infecciones, niveles de personal y si le otorgó privilegios a alguien a quien no debía. Esos son reclamos contra la institución misma y no contra ningún individuo, y se prueban con los propios registros de la institución.
  • Un hogar de ancianos o un centro de rehabilitación. La atención después del alta es una parte grande de lo que sale mal, y corre bajo su propio cuerpo de leyes.
  • Un distrito hospitalario público o una entidad estatal. Varios de los sistemas hospitalarios más grandes de Florida son entes públicos, lo que pone el reclamo bajo Fla. Stat. § 768.28 con sus requisitos de aviso y sus topes. Eso cambia el valor de un caso idéntico en un orden de magnitud, y se resuelve primero y no tarde.
  • Una lesión de nacimiento, que puede irse a otro lado por completo. Ciertas lesiones neurológicas relacionadas con el parto se dirigen a un programa estatal de compensación en lugar de a una demanda. Si un caso cae adentro de ese programa es una pregunta de umbral con sus propias reglas.

Cómo corre de verdad un caso de negligencia médica en Florida

No se presenta nada durante meses, y la razón es de estatuto y no táctica. Florida exige que el caso esté sustancialmente probado antes de que se pueda presentar.

  1. Primero se obtiene el expediente completo. Todo, de cada proveedor, incluidas las notas de enfermería, los registros de administración de medicamentos, las imágenes y el rastro de auditoría que muestra quién entró al expediente y cuándo. Un resumen no es un expediente, y el material útil rara vez está en el resumen de alta.
  2. Un médico que califique lo revisa. Fla. Stat. § 766.104 exige que el abogado haga una investigación razonable que dé lugar a una creencia de buena fe de que hubo negligencia, y una opinión escrita de un médico es como eso normalmente se establece. Esto cuesta dinero real antes de que exista un caso, y es la razón por la que un bufete que no revise con cuidado un reclamo de negligencia médica de plano no lo va a tomar.
  3. El revisor tiene que ser el tipo correcto de médico. Fla. Stat. § 766.102 fija el estándar como lo que habría hecho un proveedor similar razonablemente prudente, y restringe quién puede dar la opinión: para un especialista, alguien de la misma especialidad que en los tres años anteriores al incidente haya dedicado tiempo profesional a la práctica clínica, la enseñanza o la investigación en ella. Cuando un proveedor trató una condición fuera de su propia especialidad, califica un especialista en esa condición.
  4. Se notifica un aviso de intención. Bajo Fla. Stat. § 766.106 un aviso de intención de iniciar litigio va a cada posible demandado, con la opinión que lo corrobora, antes de que se pueda presentar cualquier demanda. Notificarlo arranca la suspensión del plazo y arranca el reloj del otro lado.
  5. La investigación previa de 90 días. El proveedor y su aseguradora investigan, con descubrimiento informal corriendo en las dos direcciones: declaraciones sin juramento, documentos, preguntas escritas. Es el único periodo en estos casos en que las dos partes miran el mismo material sin un juez, y una cantidad significativa de reclamos se resuelve o se abandona aquí.
  6. Regresa una de tres respuestas. Al final del periodo el demandado tiene que rechazar el reclamo, hacer una oferta de acuerdo, u ofrecer arbitrar sobre los daños admitiendo la responsabilidad. La tercera es más rara de lo que sugiere el estatuto y es una decisión de verdad cuando llega, porque cambia el riesgo de perder por completo por un límite a lo que se puede ganar.
  7. La demanda, y después el descubrimiento con peritos. Se presenta después de que termina el proceso previo. El descubrimiento en negligencia médica es más pesado que en cualquier otro caso de lesiones porque las dos partes ponen médicos, a cada uno se le toma declaración, y sus credenciales se litigan por derecho propio.
  8. Mediación, una oferta formal, y juicio. La mayoría de los tribunales de Florida exigen mediación. Fla. Stat. § 768.79 permite que cualquiera de las partes sirva una oferta formal, con honorarios de abogado corriendo desde una oferta rechazada a la que la sentencia le gana por lo menos 25 por ciento. Los casos de negligencia médica van a juicio más seguido que otros casos de lesiones, porque las aseguradoras defienden a los médicos con más fuerza y porque muy seguido se necesita el consentimiento del médico para siquiera transar.

Cuánto vale el reclamo, y cómo se arma esa cifra

Dos reglas hacen que un caso de negligencia médica se valore distinto de cualquier otro reclamo de lesiones en Florida, y las dos favorecen a la persona lesionada más de lo que la gente espera.

Los topes del estatuto no se aplican

Fla. Stat. § 766.118 todavía contiene límites a los daños no económicos, y los tribunales de Florida no los aplican. La Corte Suprema de Florida los declaró inconstitucionales bajo la cláusula de protección igualitaria del estado: en Estate of McCall v. United States, 134 So. 3d 894 (Fla. 2014) para muerte por negligencia, y en North Broward Hospital District v. Kalitan, 219 So. 3d 49 (Fla. 2017) para lesiones personales.

La gente lee el estatuto, ve una cifra y supone que ese es el techo de su reclamo. No lo es, y el texto que sigue en los libros es la razón por la que la pregunta se sigue haciendo.

La barra del 50 por ciento no aplica aquí

Fla. Stat. § 768.81 prohíbe recuperar por completo a quien resulte más del 50 por ciento culpable de su propio daño, y la misma sección excluye a la negligencia médica de esa regla. La culpa se sigue repartiendo y sigue reduciendo la indemnización, pero un paciente cuya propia conducta contribuyó mucho a un mal desenlace no queda excluido del reclamo como quedaría en un caso de choque.

La atención médica que sigue a la negligencia

Todo lo facturado y todo lo que falta, que después de una lesión quirúrgica o de un diagnóstico perdido muy seguido significa atención de por vida. Cuando la lesión es permanente esto lo costea un profesional trabajando con los médicos tratantes y lo trae a valor presente un economista.

Ingresos perdidos y capacidad de ganancia perdida

El sueldo perdido, y aparte la vida de trabajo que se fue. Esto se prueba con evidencia y no se afirma, y cuando alguien era joven y trabajaba con regularidad es la cifra individual más grande del caso.

Dolor, sufrimiento y lo que costó el desenlace

La pérdida sin factura. En un caso de negligencia médica pesa más porque el daño llegó a través de una atención que la persona buscó y en la que confió, y un jurado entiende eso sin que se lo digan.

Lo que se sale otra vez

El seguro de salud, Medicare y Medicaid se reembolsan de la recuperación, y Fla. Stat. § 768.76 impide que esos pagos se descuenten de la indemnización porque el derecho de reembolso ya existe. Esos reclamos son negociables y reducirlos es una parte real de lo que el cliente se queda.

Qué cambia de una parte de Florida a otra

Dos hospitales a una milla de distancia en Florida pueden producir reclamos completamente distintos con una atención idéntica, y la razón es de quién son.

Distritos hospitalarios públicos

Florida opera varios sistemas hospitalarios grandes como entes públicos a través de distritos fiscales especiales. La atención dada en uno está sujeta a Fla. Stat. § 768.28, lo que significa aviso previo, un periodo de espera, sin daños punitivos y un tope de $200,000 por persona y $300,000 por incidente.

Una lesión quirúrgica idéntica vale entonces una fracción en un hospital de lo que vale en el hospital privado de la otra calle. Establecer en cuál lo atendieron, y quién empleaba a cada médico que tocó su atención, es la primera pregunta y no un detalle.

Hospitales universitarios y facultad de universidad

Cuando hay residentes y becarios involucrados, entran al cuadro el médico supervisor y la universidad que los emplea, y la universidad puede ser ella misma una entidad estatal con las protecciones de arriba. Quién estaba de verdad en el cuarto, y quién debía estar, se contesta con el expediente y con el rol de guardias.

Atención rural y de mercados chicos

Menos proveedores significa un traslado más largo, un expediente más chico y una dificultad real para encontrar un revisor que califique y que no esté conectado con la gente involucrada. Los casos de mercados chicos tardan más en armarse por razones que no tienen nada que ver con su mérito.

Un historial comprobado, en cualquier parte de Florida

Nuestras cinco oficinas van de Fort Lauderdale a Fort Myers, y el trabajo de negligencia médica no se limita a los condados donde están.

El seguro detrás de un reclamo de negligencia médica en Florida

Lo que se puede cobrar en un reclamo de negligencia médica depende de arreglos que el paciente nunca ve, y Florida permite algunos que otros estados no.

A un médico de Florida no se le exige llevar seguro de negligencia médica

Fla. Stat. § 458.320 exige que un médico demuestre responsabilidad financiera, y el seguro es solo una de las formas de hacerlo. Las cantidades exigidas son modestas: $100,000 por reclamo y $300,000 en agregado, que suben a $250,000 y $750,000 para un médico con privilegios de personal hospitalario.

La misma sección deja que algunos médicos anden sin cobertura del todo, incluidos médicos con experiencia que trabajan horas limitadas y los que acuerdan pagar una sentencia hasta cierta cantidad dentro de 60 días. Las dos rutas exigen que se le dé aviso al paciente, que es el letrero de la sala de espera que casi nadie lee.

Los hospitales muy seguido se aseguran a sí mismos

Los sistemas grandes comúnmente llevan su propia retención u operan un fideicomiso de autoseguro, y pagan la primera rebanada sustancial de cualquier reclamo con fondos propios. Quien decide entonces es un departamento interno de riesgos y no una aseguradora, lo que cambia cómo se evalúa un reclamo y cuándo se mueve.

Encontrar la torre completa de cobertura

Fla. Stat. § 627.4137 obliga a revelar los límites de cada póliza conocida, incluidas las capas de exceso y paraguas, en una declaración jurada, dentro de 30 días de una solicitud escrita. En un reclamo de negligencia médica normalmente hay varias: la del médico, la del grupo y la del centro, cada una con sus propias capas.

Un proveedor público, y el tope

Fla. Stat. § 768.28 limita a un hospital público o a un médico empleado del estado a $200,000 por persona y $300,000 por incidente sin importar el daño, y cualquier cosa más allá requiere que la Legislatura apruebe una ley de reclamo. Es el hecho más consecuente en algunos de estos casos y se establece desde el principio.

Qué paga el tratamiento mientras tanto

No paga nada de forma automática. El seguro de salud cubre la atención que hace falta para corregir lo que salió mal, y se reembolsa al final con cualquier recuperación. Retrasar el tratamiento mientras se resuelve un reclamo no le ayuda a nadie, y le entrega a la defensa un argumento sobre causalidad que después es muy difícil de contestar.

Un expediente médico bajo revisión

Por qué estos casos toman más tiempo que cualquier otro reclamo por lesiones

El experto va antes que la demanda

El Capítulo 766 exige una opinión escrita que corrobore el reclamo, firmada por un experto médico calificado, diciendo que hay fundamentos razonables para creer que hubo negligencia. Sin eso no se puede presentar nada.

Esa revisión ocurre por nuestra cuenta durante la investigación previa a la demanda, y si el experto no respalda el reclamo, se lo decimos. Es una de las razones por las que estos casos toman más tiempo que cualquier otro tipo de reclamo por lesiones.

No firme nada sin que alguien lo lea

Las solicitudes de expedientes son rutinarias y normalmente están bien. Las autorizaciones amplias, los acuerdos de arbitraje y cualquier cosa que se parezca a un finiquito no lo están.

Tráiganos el documento antes de firmarlo. Leerlo no le cuesta nada, y firmarlo puede costarle el reclamo completo.

Un expediente médico bajo revisión

Quién llevaría su caso

Estar lesionado ya es bastante difícil sin tener que resolver la parte legal usted solo. Los abogados litigantes de abajo llevan reclamos de negligencia médica en todo Florida desde 1993, y uno de ellos va a llevar el suyo desde la primera llamada hasta el último cheque. Le van a decir cuánto vale su caso y por qué, y le van a hablar claro sobre las partes difíciles.

Preguntas frecuentes

Lo que la gente nos pregunta

¿Cuánto tiempo tengo para presentar un reclamo por negligencia médica en Florida?

La negligencia médica corre bajo sus propias reglas de prescripción, separadas de la negligencia ordinaria, y el período de aviso previo a la demanda las suspende. Como la investigación y la revisión del experto tienen que completarse antes de que se pueda siquiera enviar el aviso, el plazo práctico es mucho más temprano que el de la ley. Pregunte temprano en vez de asumir que tiene años.

¿Necesito un experto médico antes de poder demandar?

Sí. El Capítulo 766 exige una opinión escrita que corrobore el reclamo, de un experto médico calificado, diciendo que hay fundamentos razonables para creer que hubo negligencia. Esa revisión ocurre por nuestra cuenta durante la investigación previa a la demanda, y si el experto no respalda el reclamo, se lo decimos.

El hospital me pidió que firmara algo. ¿Lo firmo?

No antes de que alguien lo lea. Las solicitudes de expedientes son rutinarias y normalmente están bien, pero las autorizaciones amplias, los acuerdos de arbitraje y cualquier cosa parecida a un finiquito no lo están. Tráiganos el documento antes de firmar; leerlo no le cuesta nada.

Cuéntenos qué pasó

Un abogado lo escucha, le dice qué hace la ley de Florida con esos hechos, y le habla claro sobre si vale la pena presentar el reclamo. Si no vale la pena, se lo decimos.

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