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Abogado de Accidentes de Motocicleta en Florida

Usted es el que está en el hospital, y también es al que están culpando. Todo ajustador abre un expediente de motocicleta en el mismo lugar. Nosotros seguimos desde aquí. Llame al 954-522-5800 para una consulta gratis. No paga nada a menos que ganemos. Atendemos estos casos desde cinco oficinas en Florida, de Fort Lauderdale a Fort Myers.

No deje que el tratamiento se detenga

Un choque de motocicleta rara vez tiene algo pagando las primeras facturas automáticamente, así que aquí la emergencia práctica es la cobertura y no el papeleo. Llame antes de empezar a rechazar tratamiento que usted cree que no puede pagar. El seguro de salud, MedPay, la cobertura de motorista sin seguro y la póliza del conductor culpable tienen que encontrarse y ponerse en el orden correcto, y eso pasa en la primera conversación, que es gratis.

Los abogados Brett J. Yonon, Richard P. Pravato y Brian H. Malamud de Wolf & Pravato, con el socio fundador y director Vince J. Pravato, en el lobby de su oficina de Fort Lauderdale

Acompañando a familias de Florida en reclamos de accidentes de motocicleta por más de treinta años

Un reclamo de accidentes de motocicleta llega en un momento difícil, casi siempre cuando las cuentas siguen llegando y nadie le ha explicado qué sigue. Usted no tiene que resolverlo solo. Los abogados de esta foto llevan estos casos en todo Florida desde 1993, y uno de ellos va a llevar el suyo desde la primera llamada hasta el último cheque.

Llame al 954-522-5800 para una consulta gratis y un abogado litigante le dice hoy mismo si tiene un caso. Usted no nos paga nada a menos que ganemos, y trabajamos desde cinco oficinas entre Fort Lauderdale y Fort Myers.

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La ley de Florida

Qué hace la ley de Florida con un reclamo de accidentes de motocicleta

El conductor que cruzó su carril va a decir que nunca lo vio, y su aseguradora va a partir de la idea de que usted iba muy rápido. Mientras tanto usted está sumando la cirugía, los turnos que no puede trabajar y una moto que nadie ha ofrecido reemplazar. Desarmar esa suposición es lo que hacemos, desde la primera llamada.

Dos cosas hacen distinto un reclamo de motocicleta, y ninguna es la motocicleta. La primera es que la cobertura de la que depende cualquier conductor de Florida para sus primeras facturas médicas no alcanza a un motociclista. La segunda es que la pelea por la culpa arranca desde una suposición sobre el motociclista. Abajo está la ley que decide las dos.

Respuesta corta

Un reclamo por accidente de motocicleta en Florida generalmente se tiene que presentar dentro de dos años. Las motocicletas no están cubiertas por el beneficio médico que le paga las primeras facturas a un conductor de carro, así que después de un choque no paga nada de forma automática, y la cobertura que normalmente decide el caso es la de motorista sin seguro en la propia póliza del motociclista.

El plazo que termina un reclamo de accidentes de motocicleta en Florida

Una fecha termina el reclamo. Una segunda, mucho más corta, decide si se puede probar.

Dos años desde el choque

La mayoría de los reclamos por un accidente ocurrido el 24 de marzo de 2023 o después se tienen que presentar dentro de dos años. Un accidente anterior conserva los cuatro años que regían cuando ocurrió. El plazo está en Fla. Stat. § 95.11. Cuando un motociclista murió, el caso es una acción por muerte por negligencia y los dos años corren desde la fecha de la muerte.

Un choque que involucra a una ciudad, un condado, un distrito escolar o el estado se rige por Fla. Stat. § 768.28, y las reglas ordinarias dejan de aplicar. Hay que presentar aviso por escrito a la agencia y, en la mayoría de los casos, también al Department of Financial Services, dentro de tres años de que surge el reclamo y dentro de dos cuando alguien murió. No se puede demandar hasta que la agencia haya tenido su tiempo para responder, que son seis meses en un caso ordinario. La misma sección limita lo que paga un ente público a $200,000 por persona y $300,000 por incidente, valga lo que valga la lesión; cualquier cantidad por encima requiere una ley de la Legislatura.

La vía se repara, y el caso con ella

A los motociclistas los lastiman cosas que a un carro no le hacen nada: un derrame de grava o diésel, una tapa de alcantarilla hundida, un desnivel en la junta de carriles, un bache en una curva, escombro que quedó después de una obra. Cada una de esas se arregla, se barre o se repavimenta en cuestión de días, y una vez que ya no está no hay nada que fotografiar.

Cuando un defecto de la vía es parte de lo que pasó, alguien tiene que estar ahí con cámara y cinta métrica de inmediato, y los registros de mantenimiento y de quejas de ese tramo se tienen que pedir antes de que caduquen.

La moto y el equipo son evidencia, no chatarra

La máquina cuenta lo que pasó en sus patrones de daño, y un casco raspado, una chamarra rota y unos guantes destrozados muestran qué traía puesto el motociclista y qué le hizo el impacto. Las aseguradoras declaran pérdida total rápido, los deshuesaderos mueven las motos, y las familias tiran el equipo porque quedó arruinado.

Guarde todo, en una cochera, sin tocar, y dígale a su aseguradora por escrito que no lo puede soltar. Es mucho más fácil entregarlo después que explicarle su ausencia a un jurado.

Cuándo se pausa el plazo, que es raro

Fla. Stat. § 95.051 enumera lo que detiene un plazo de prescripción, y ahí está el demandado que se va del estado, que se esconde o al que no se puede notificar. El reclamo de un menor se trata aparte, con un límite exterior de siete años desde el hecho. Nada de eso es un plan, y todo se argumenta después contra alguien con todas las razones para decir que no aplica.

A quién se le puede reclamar

El conductor que le cruzó el paso es el demandado obvio y muy seguido no es el que tiene el dinero. En una lesión grave el caso normalmente depende de encontrar a los demás.

  • El conductor. Casi siempre el punto de partida, y en la mayoría de estos casos la versión del conductor es alguna forma de la misma frase: no vio la motocicleta. Eso es una admisión de que no miró y no una explicación, y así se trata.
  • El dueño del vehículo que lo golpeó. Florida trata un vehículo de motor como un instrumento peligroso, así que quien sea su dueño responde por cómo manejó la persona a quien se lo prestó. Un dueño distinto es una parte distinta y muy seguido una póliza distinta, que en una lesión catastrófica es la diferencia que importa.
  • Un empleador, cuando el conductor andaba trabajando. Un conductor en horas de trabajo pone una póliza comercial detrás del reclamo, y esas son mucho más grandes que las personales. Establecer qué andaba haciendo el conductor requiere preguntar, porque un viaje de entrega o una visita de servicio rara vez se ofrecen en la escena.
  • El ente público responsable de la vía. La condición de la vía causa una parte de los choques de motocicleta muy desproporcionada frente a lo que causa en carros. Una repavimentación que dejó un escalón entre carriles, una rejilla de drenaje con las ranuras en el sentido equivocado, grava arrastrada a una curva, un semáforo con tiempo demasiado corto para que un motociclista libere el cruce. Todo eso corre por Fla. Stat. § 768.28 con sus requisitos de aviso y sus topes.
  • Un fabricante, cuando falló una pieza de la moto. Llantas, frenos, horquillas, chasis y cascos terminan en estos casos. El reclamo se prueba desde la pieza física, que es otra razón por la que nada se va al deshuesadero antes de que alguien calificado lo haya visto.
  • Un negocio que sirvió el alcohol, en dos casos estrechos. Fla. Stat. § 768.125 permite el reclamo solo cuando la bebida se le vendió o se le dio a un menor de 21 años, o se le sirvió a sabiendas a una persona habitualmente adicta. Los dos se prueban con recibos y con el personal, y los dos necesitan que alguien pregunte en cuestión de días.

Cómo corre de verdad un caso de accidentes de motocicleta en Florida

Un caso de motocicleta corre como cualquier otro caso de lesiones con una diferencia que lo atraviesa entero: la discusión sobre la culpa empieza antes de que nadie haya visto la evidencia.

  1. La escena se documenta antes de que cambie. Marcas de derrape y de raspado, las posiciones finales, la línea de visión que de verdad tenía el conductor desde donde estaba parado, la superficie, y los negocios con cámaras. Cuando hay un defecto de la vía esto se mide en lugar de describirse, porque un defecto es una dimensión.
  2. La moto, el equipo y el otro vehículo se preservan. Por escrito, a su propia aseguradora y al otro lado. Los patrones de daño en los dos vehículos establecen ángulos y velocidades, y un ingeniero puede trabajar con ellos mucho después de que barrieron la calle.
  3. El tratamiento sigue su curso. Los motociclistas sufren lesiones ortopédicas que necesitan cirugía por etapas a lo largo de un año o más, y lesiones de cabeza que se declaran despacio. Un reclamo valorado antes de que los médicos tratantes puedan decir qué queda permanente se valora como la versión barata de sí mismo.
  4. La pregunta del casco se contesta temprano, con la ley. Si el motociclista traía casco se plantea en casi todos estos reclamos. Fla. Stat. § 316.211 permite que un motociclista mayor de 21 años ande sin casco cuando lleva por lo menos $10,000 en beneficios médicos, así que para esos motociclistas es legal, y la conducta legal es mala base para culpar a alguien de sus propias lesiones. De todos modos se argumenta, y se contesta con el estatuto y con evidencia médica sobre cuáles fueron las lesiones de verdad.
  5. Se identifica cada póliza. Fla. Stat. § 627.4137 obliga a una aseguradora a revelar los límites de cada póliza conocida, incluidas las capas de exceso y paraguas, en una declaración jurada dentro de 30 días de una solicitud escrita. En una lesión seria de motociclista esa respuesta decide si el caso es contra un demandado o contra cuatro.
  6. La carta de demanda, armada alrededor de la culpa. En la mayoría de los reclamos de lesiones la demanda es sobre la lesión. Aquí es sobre el choque, porque la lesión rara vez está en duda y la culpa siempre. La reconstrucción, las líneas de visión, los tiempos de semáforo y las propias palabras del conductor son las que la cargan.
  7. Demanda, descubrimiento y mediación. Fla. Stat. § 47.011 pone el caso donde ocurrió el choque o donde vive el demandado. El descubrimiento corre meses e incluye médicos de las dos partes, y la mayoría de los tribunales de Florida exigen mediación antes del juicio.
  8. Una oferta formal, y después el juicio. Fla. Stat. § 768.79 permite que cualquiera de las partes sirva una oferta formal, y a un demandado que la rechaza se le puede hacer pagar honorarios de abogado desde esa fecha cuando la sentencia le gana por lo menos 25 por ciento. A los motociclistas les va mejor frente a un jurado de lo que suponen las aseguradoras, y por eso la disposición a llevar el caso a juicio cambia la oferta.

Cuánto vale el reclamo, y cómo se arma esa cifra

Las lesiones de motociclista son más graves que las que produce el mismo choque en un carro, y la valoración lo refleja. Lo que más la mueve, sin embargo, es la discusión del porcentaje.

La atención médica, y la cirugía que falta

Todo lo facturado y lo que los médicos tratantes digan que viene. El material ortopédico se revisa, las fusiones se extienden, y un miembro que se salvó el primer año a veces se pierde al tercero. Esa segunda cifra normalmente es más grande que la primera.

Cicatrices y desfiguración, como reclamo propio

Las quemaduras por fricción con el pavimento dejan marcas permanentes, y son un rubro de daño aparte y no parte del reclamo por dolor. Fotografíe la cicatrización conforme pasa: nadie puede producir después un registro de cómo se veía a las tres semanas.

El ingreso, y la vida de trabajo detrás

El sueldo perdido, y aparte lo que alguien ya no puede ganar. Una mano, un hombro o un tobillo que no vuelve cambia qué trabajo es posible, y la segunda cifra se prueba con un economista y con los médicos tratantes.

Dolor, sufrimiento, y andar en moto

El rubro sin factura. Para la mayoría de las personas a las que representamos, andar en moto no era transporte, y perderlo es una pérdida real que vale la pena describir en lugar de dejar que se suponga.

El porcentaje, y la línea del 50 por ciento

La culpa se reparte bajo Fla. Stat. § 768.81, así que la indemnización baja por la parte que se le ponga al motociclista, y desde marzo de 2023 quien resulte más del 50 por ciento responsable de su propio daño no recupera absolutamente nada.

Toda defensa en un caso de motocicleta apunta a esa línea: la velocidad, la posición en el carril, pasar entre carriles, el casco, el color de la chamarra. Enfrentarla es todo el trabajo, y se enfrenta con reconstrucción y evidencia física, no con la palabra del motociclista contra la del conductor.

Lo que se reembolsa del dinero

El seguro de salud, Medicare y Medicaid se reembolsan de la recuperación, y Fla. Stat. § 768.76 impide que esos pagos se descuenten de la indemnización porque el derecho de reembolso ya existe. Reducir esos reclamos es dinero real para el cliente y nunca se ve en la cifra del titular.

Qué cambia de una parte de Florida a otra

En Florida se anda en moto todo el año, lo que la hace distinta de casi todo el país, y las diferencias adentro del estado son sobre quién anda y dónde.

Dónde pasan los choques no es donde la gente cree

La mayoría de las lesiones graves de motociclista en Florida ocurren en calles urbanas anchas y ordinarias y no en las interestatales, en el momento en que un conductor da vuelta a la izquierda cruzándose frente a un motociclista que va derecho. La mezcla cambia entre los condados urbanos densos y los tramos rurales donde las velocidades son más altas y la ayuda está más lejos.

Visitantes, rentas y rodadas organizadas

Florida atrae motociclistas de todas partes, incluso en máquinas rentadas y en concentraciones grandes. Esos casos agregan una capa: un contrato de renta, una póliza de otro estado, un motociclista que se va a su casa una semana después, y un reclamo que hay que armar con lo que existe localmente mientras existe.

Los jurados difieren, y en casos de motociclistas se nota

Las actitudes hacia las motocicletas varían por toda Florida, y los mismos hechos valen distinto de un condado a otro. Todo ajustador de defensa del estado conoce esa cifra para su condado, y una evaluación honesta también tiene que conocerla.

Un historial comprobado, en cualquier parte de Florida

Nuestras cinco oficinas van de Fort Lauderdale a Fort Myers, y un motociclista lastimado en una parte del estado donde no tenemos oficina sigue siendo alguien a quien representamos.

El seguro detrás de un reclamo de accidentes de motocicleta en Florida

Esta es la parte que más golpea a un motociclista lastimado, y vale la pena leerla antes que cualquier otra cosa de esta página si acaban de lastimarlo.

Nada paga sus primeras facturas médicas de forma automática

Los beneficios de Protección contra Lesiones Personales de Florida se enganchan a un "motor vehicle", y Fla. Stat. § 627.732 define eso como un vehículo autopropulsado de cuatro ruedas o más diseñado y obligado a estar matriculado para uso en carretera. Una motocicleta no lo es, y Fla. Stat. § 627.733 no obliga a un motociclista a llevar esos beneficios.

Así que la cobertura que le paga a un conductor de carro el 80 por ciento de las facturas médicas y el 60 por ciento del ingreso perdido a los pocos días de un choque, sin importar la culpa, no alcanza al motociclista. El tratamiento va por el seguro de salud, y las facturas esperan al reclamo.

La exención del casco es una regla de cobertura, no de seguridad

Fla. Stat. § 316.211 deja que un motociclista mayor de 21 años ande sin casco solo cuando lleva por lo menos $10,000 en beneficios médicos. Esa es una cantidad chica de cobertura contratada para ese fin, no es lo mismo que los beneficios que trae una póliza de carro, y los motociclistas descubren la diferencia con regularidad en la semana siguiente a un choque.

La cobertura contra conductores sin seguro normalmente es el caso entero

Florida no obliga a un conductor particular ordinario a llevar ninguna cobertura para lesionar a alguien más. Tiene que llevar los beneficios de Fla. Stat. § 627.736 y $10,000 de responsabilidad por daños a la propiedad bajo Fla. Stat. § 324.022, y nada más.

Así que un conductor puede dejar a un motociclista meses en el hospital, tener toda la culpa y estar completamente en regla sin nada que lo pague. Lo que responde a eso es la cobertura de motorista sin seguro y con seguro insuficiente en la propia póliza del motociclista. Bajo Fla. Stat. § 627.727 se tiene que ofrecer con cada póliza de responsabilidad y solo se puede dejar fuera cuando el cliente firmó un rechazo por escrito, y si los límites de varios vehículos se apilan lo decide un formulario firmado aparte.

Cobertura de pagos médicos en una póliza de motocicleta

Muchas pólizas de motocicleta de Florida traen un beneficio opcional de pagos médicos que paga sin importar la culpa. Es lo más cercano que tiene un motociclista a la cobertura que un conductor de carro da por hecha, es barato, y muchísimos motociclistas no saben si lo compraron. Lea la página de declaraciones en lugar de suponer.

El equipo, después

La suposición que todo motociclista tiene que vencer

Por qué PIP normalmente no lo cubre

El requisito de PIP del sistema "no-fault" de Florida aplica a vehículos de motor de cuatro ruedas o más, así que las motocicletas quedan fuera. Eso significa que no hay un beneficio médico automático de $10,000 esperándolo.

En la práctica, lo que paga sus primeras facturas es su seguro de salud, cualquier cobertura MedPay que tenga, su cobertura de motorista sin seguro, y la póliza del conductor culpable. Ponerlas en el orden correcto desde el principio es lo que evita que el tratamiento se detenga, y es lo primero que revisamos.

El casco no decide de quién fue la culpa

Si usted tiene 21 años o más y carga al menos $10,000 en beneficios médicos, manejar sin casco es legal en Florida bajo Fla. Stat. § 316.211. No impide un reclamo y no decide quién causó el choque.

Una aseguradora puede argumentar que la falta de casco afectó la gravedad de una lesión en la cabeza en particular. Ese es un punto mucho más estrecho de lo que suelen presentarlo, y no toca la pregunta de quién cruzó el carril de quién.

Lo que realmente decide el caso

Las fotografías tomadas en la escena antes de que muevan algo, el patrón de daño en el casco y en la moto, las marcas de raspado en el pavimento, y cualquier video cercano. Juntas, esas cosas normalmente resuelven las preguntas de velocidad y de culpa que de otra forma una aseguradora discutiría por meses.

El conductor que no vio una motocicleta antes de cruzarle el paso está describiendo una falla en mantener la vigilancia debida, que es la negligencia en sí. Esa declaración le hace mucho más daño a él de lo que la mayoría de los conductores se da cuenta cuando la dan en la escena.

El equipo, después

Quién llevaría su caso

Estar lesionado ya es bastante difícil sin tener que resolver la parte legal usted solo. Los abogados litigantes de abajo llevan reclamos de accidentes de motocicleta en todo Florida desde 1993, y uno de ellos va a llevar el suyo desde la primera llamada hasta el último cheque. Le van a decir cuánto vale su caso y por qué, y le van a hablar claro sobre las partes difíciles.

Preguntas frecuentes

Lo que la gente nos pregunta

No llevaba casco. ¿Todavía puedo recuperar algo?

Sí. Si usted tiene 21 años o más y carga al menos $10,000 en beneficios médicos, manejar sin casco es legal en Florida bajo la sección 316.211 de los Estatutos de Florida. No impide un reclamo. Una aseguradora puede argumentar que afectó la gravedad de una lesión en la cabeza específicamente, pero no tiene nada que ver con quién causó el choque.

¿PIP cubre un accidente de motocicleta en Florida?

Por lo general no. El requisito de PIP del sistema "no-fault" de Florida aplica a vehículos de motor de cuatro ruedas o más, así que las motocicletas quedan fuera. Eso significa que no hay beneficio médico automático de $10,000. Su seguro de salud, cualquier MedPay, su cobertura de motorista sin seguro y la póliza del conductor culpable tienen que cargar con eso.

El conductor dice que nunca me vio. ¿Eso me ayuda o me perjudica?

Normalmente ayuda. Un conductor que no vio una motocicleta antes de cruzarle el paso está describiendo una falla en mantener la vigilancia debida, que es la negligencia en sí. La declaración le hace mucho más daño a él de lo que la mayoría de los conductores se imagina cuando la dan en la escena.

¿Qué evidencia importa más en un caso de motocicleta?

Las fotografías tomadas en la escena antes de que muevan algo, el patrón de daño en el casco y en la moto, las marcas de raspado en el pavimento, y cualquier video cercano. Juntas normalmente resuelven las preguntas de velocidad y de culpa que una aseguradora discutiría por meses.

Cuéntenos qué pasó

Un abogado lo escucha, le dice qué hace la ley de Florida con esos hechos, y le habla claro sobre si vale la pena presentar el reclamo. Si no vale la pena, se lo decimos.

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